Fondo Mivivienda no tendrá límites en uso de
recursos para financiar a bancos
La
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó ayer que ha
exceptuado al Fondo Mivivienda de la aplicación de una norma que
limita el uso de sus recursos como banco de segundo piso, lo que en la práctica
ampliará la disponibilidad de créditos de las entidades financieras
del país para la compra de viviendas.
Se trata
del artículo 204° de la Ley General del Sistema Financiero (Nº 26702), que
establece un límite para otorgamiento de recursos (crédito) por una empresa a
otra del sistema financiero del país (bancos, cooperativas y otros) a
un 30% del patromonio efectivo de la empresa que da financimiento.
El sustento, según lo explica
la SBS en la Resolución SBS3586-2013, está en que el Fondo se
viene desempeñando, desde el inicio de sus operaciones, como un banco de
segundo piso. Este modelo responde a que, por el lado del activo, otorgue
líneas de financiamiento a las entidades financieras, a fin de que lleguen a
los usuarios través de créditos hipotecarios......Leer Mas
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